La medicina de empresa inicia en los años 70.
Desde entonces ha brindado beneficios para los empleados, patronos, familias y sociedad como un todo, dando su valioso aporte en restablecer la salud de los trabajadores.
La medicina de empresa surge para descongestionar los servicios de la CCSS y brindar beneficios al patrono y a los trabajadores.
LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO:
Articulo 282, Corre a cargo del patrono la obligación de adoptar en los lugares de trabajo, las medidas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores.
Artículo 300, Toda empresa que ocupe permanentemente mas de 50 trabajadores, está obligada a mantener en funcionamiento una clínica o departamento de SO.
Sistema conjunto con la CCSS, Servicios del médico, personal de apoyo y las instalaciones.
CCSS aporta los medicamentos, servicios de estudios complementarios.
Brindamos:
- Entrega de medicamentos inmediata.
- Estadísticas de la CCSS dentro de los 5 primeros días del mes.
- Ayuda en la habilitación del consultorio médico.
- Colaboración en las ferias de la Salud. Campañas de vacunación.
Beneficios:
- Disminuir las salidas del personal de la empresa. Personal mas sano.
- Disminuir los costos por tiempo pagado y no laborado.
- Disminuye el tiempo y numero de incapacidades mensuales.
INCLUYE:
- Entrega de medicamentos inmediata.
- Estadísticas de la CCSS dentro de los 5 primeros días del mes.
- Ayuda en la habilitación del consultorio médico.
- Colaboración en las ferias de la Salud.
- Educación a las brigadas.
- Charlas Educativas.
- Convenio inmediato con la firma del contrato de medicina de empresa con el Hospital Universal.
- 10% de descuento en servicios médicos.